Local

LA COMISIÓN DE SEGURIDAD PÚBLICA, PREVENCIÓN Y REINSERCIÓN SOCIAL APRUEBA REFORMAS A LA LEY DEL SISTEMA DE SEGURIDAD PÚBLICA DEL ESTADO.

EL OBJETIVO ES BRINDAR CERTEZA JURÍDICA PARA EL PAGO DE INDEMNIZACIONES POR LAUDOS LABORALES A ELEMENTOS DE SEGURIDAD: DIP. RUBÉN GUAJARDO BARRERA.

En reunión de trabajo, la Comisión de Seguridad Pública, Prevención y Reinserción Social del Congreso del Estado, aprobó la reforma a la Ley del Sistema de Seguridad Pública del Estado de San Luis Potosí, con lo cual se da certeza jurídica para el pago de indemnización a laudos laborales para elementos de seguridad pública estatal o municipales. 

El diputado Rubén Guajardo Barrera, presidente de la Comisión de Seguridad Pública, Prevención y Reinserción Social, indicó que esta reforma, propuesta por los integrantes de los Grupos Parlamentarios del Partido Verde Ecologista de México y del Trabajo, busca establecer el tope de seis meses para el pago de indemnización con motivo de la separación de manera injustificada de su cargo, y con motivo de un laudo laboral resuelto por autoridad jurisdiccional.

“Lo que se  busca es dar certeza jurídica en materia laboral a un tema que no estaba topado, en un juicio laboral sobre todo a los elementos o cuerpos de seguridad, municipales, estatales o los elementos de la policía de investigación, no había un tope para una indemnización de los laudos laborales, entonces lo que estamos haciendo es toparlo hoy a 6 meses para que en este caso las arcas municipales, estatales, la Fiscalía no se vean afectados”.

Guajardo Barrera indicó que con esta modificación, se está realizando un avance en materia administrativa, buscando que estos procesos no se alarguen, afectando los presupuestos estatales o municipales.

“Hoy lo que estamos haciendo es un avance en materia administrativa, en materia de seguridad pública que va ayudar mucho al estado, a los ayuntamientos, y que le dará certeza jurídica en materia de los laudos laborales”. 

El dictamen respectivo será turnado al pleno para su votación. 

Deja un comentario

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *